NOTICIAS

LA INVIOLABILIDAD DE LA PERSONA

22 enero, 2023

El texto bíblico sobre la creación del ser humano a imagen de Dios (Gn 1,26-27) insiste en que todos los seres humanos, sin excepción, son imagen de Dios. Eso significa que todos y cada uno de los seres humanos son iguales. Bajo el señorío de Dios se instaura la fraternidad humana.

Del hecho de que todos los seres humanos, en su igualdad fundamental, poseen esta relación peculiar con Dios, se deduce que todo hombre posee un valor absoluto e incondicional, un valor que va más allá de su aparente caducidad, un valor que va más allá de lo que tiene o de su mayor o menor utilidad. Cada hombre es el alter ego de Dios y, por tanto, un atentado contra el hombre es un atentado contra la dignidad de Dios: “la inviolabilidad de la persona” es “reflejo de la absoluta inviolabilidad del mismo Dios” (Juan Pablo II). Esta inviolabilidad, consecuencia de la imagen de Dios, la expresa el texto bíblico al prohibir verter sangre humana “porque a imagen de Dios hizo Él al hombre” (Gn 5,6).

La vida humana tiene un carácter sagrado e inviolable, en la que se refleja la inviolabilidad misma del Creador. Y eso hasta el punto de que ni siquiera el homicida pierde su dignidad personal y Dios mismo se hace su garante, cosa que aparece manifiesta en el libro del Génesis cuando Caín no sabe ser el guardián de su hermano y, sin embargo, Dios se convierte en el guardián de Caín, protegiéndolo y defendiéndolo contra aquellos que quieren matarlo para vengar así la muerte de Abel (Gn 4,15).

La inviolabilidad de la imagen de Dios no sólo tiene un sentido negativo claro y absoluto: “no matarás”. Tiene también un sentido positivo no menos absoluto. Pues hay muchas maneras de matar a alguien. Se puede matar a uno porque se le clava un cuchillo. Pero también porque no se le atiende debidamente en su enfermedad, porque se le mete en una mala vivienda, porque se le quita el trabajo o se le obliga a realizar trabajos penosos, porque lo llevan a la guerra, porque le impiden cruzar una frontera, o porque la abandonan en una patera en el mar Mediterráneo. Desgraciadamente muy pocas de esas cosas están prohibidas en nuestros Estados.

La inviolabilidad de la persona tiene su culmen en el mandamiento positivo que obliga a hacerse cargo del prójimo, como de sí mismo (Lev 19,18). “Jesús explicita con su palabra y sus obras las exigencias positivas del mandamiento sobre el carácter inviolable de la vida… Van desde cuidar la vida del hermano, a hacerse cargo del forastero, hasta amar al enemigo” (Juan Pablo II). La vida hay que defenderla en su totalidad y en todas sus dimensiones. Más aún, hay que favorecer su positivo crecimiento y desarrollo. De ahí que, en su defensa de la vida del no nacido, la Iglesia se cargará tanto más de razón si esta defensa va precedida y acompañada -con la misma fuerza, al menos- de la defensa de las vidas de los nacidos, vidas muy reales que, por motivos sociales, políticos o económicos, muchas veces se convierten en un estorbo, en vidas indeseables y desechables.

Martín Gelabert Ballester, OP

Fuente: nihilobstat